Reagrupación familiar
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¿Qué tipo de abogado de extranjería necesitas?
Reagrupación de Cónyuge o Pareja Registrada
Los residentes extranjeros pueden solicitar la reagrupación de su cónyuge o pareja de hecho registrada. Es necesario demostrar que el matrimonio o la relación de pareja es legal y vigente, y que no existe matrimonio o pareja de hecho simultánea en el país de origen o en España.
Reagrupación de Hijos
Los residentes extranjeros pueden reagrupar a sus hijos menores de 18 años o mayores de edad con discapacidad que no puedan proveerse sus necesidades debido a su estado de salud. También pueden reagrupar a los hijos de su cónyuge o pareja de hecho registrada, siempre que sean menores de 18 años y no estén casados. Este proceso facilita la reunificación de las familias.
Reagrupación de Ascendientes
Los extranjeros con residencia de larga duración pueden solicitar la reagrupación de sus padres y los de su cónyuge o pareja registrada, siempre que sean mayores de 65 años. En casos excepcionales, se puede reagrupar a los padres menores de 65 años si se demuestra que existen razones de necesidad. Este proceso facilita la reunificación de las familias, asegurando el bienestar.
Reagrupación de Otros Familiares
Se puede solicitar la reagrupación de otros familiares como hermanos o nietos, siempre que se demuestre que están a cargo del reagrupante, que existe dependencia económica o que por razones de salud necesitan ser cuidados por el reagrupante. Las autoridades de extranjería revisarán la documentación y evaluarán si se cumplen todos los requisitos.
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Preguntas frecuentes sobre Reagrupación Familiar
Los requisitos generales incluyen tener una residencia legal en España, disponer de medios económicos suficientes para mantener a los familiares reagrupados, y contar con una vivienda adecuada.
La documentación requerida incluye certificados de nacimiento, matrimonio o pareja de hecho, pruebas de ingresos, contrato de alquiler o título de propiedad de la vivienda, y en algunos casos, certificados médicos.
La solicitud debe presentarse en la oficina de extranjería correspondiente a tu lugar de residencia en España.
El tiempo de resolución puede variar, pero generalmente toma unos meses desde la presentación de la solicitud.