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Impugnar un despido ¿Cómo reclamar si no estás de acuerdo?

Cuando una empresa te comunica un despido, no significa que debas aceptarlo sin más.
Si consideras que no existen causas justificadas o que el procedimiento no se ha realizado correctamente, puedes impugnar un despido para que un juez revise la legalidad de esa decisión.

En este artículo te explicamos qué significa impugnar un despido, cuáles son los plazos, cómo se hace y qué resultados puedes obtener, paso a paso.

¿Qué significa impugnar un despido?

Impugnar un despido consiste en reclamar judicialmente para que se revise si el despido fue procedente, improcedente o nulo.

En otras palabras, es el proceso legal que permite al trabajador defender sus derechos cuando considera que su despido no está justificado o es injusto.

Impugnar no es sinónimo de “denunciar”: implica seguir un procedimiento laboral específico ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) y, si no hay acuerdo, ante el Juzgado de lo Social.

Motivos más comunes para impugnar un despido

Existen muchas razones por las que un despido puede impugnarse. Los motivos más frecuentes son:

  1. Despido sin causa real o insuficientemente justificada.
    (Por ejemplo, despido “disciplinario” sin pruebas concretas).
  2. Errores en la forma o procedimiento.
    (Falta de carta de despido, errores en fechas, no respeto del preaviso…).
  3. Despido discriminatorio o vulneración de derechos fundamentales.
    (Por embarazo, baja médica, afiliación sindical, etc.).
  4. Despido encubierto o verbal.
    (Cuando la empresa deja de llamarte o te impide acceder al trabajo sin carta formal).

En todos estos casos, puedes impugnar el despido y solicitar que se declare improcedente o nulo.

Plazo para impugnar un despido

El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde el día siguiente a la notificación del mismo.

No cuentan los sábados, domingos ni festivos, pero sí las vacaciones.

Es un plazo muy corto y estricto, por lo que es importante actuar con rapidez. Si dejas pasar los 20 días, pierdes el derecho a reclamar.

¿Cómo impugnar un despido paso a paso?

Impugnar un despido implica seguir un procedimiento legal en dos fases: la conciliación previa y, si no hay acuerdo, la demanda judicial.

1. Reúne toda la documentación

Antes de iniciar el proceso, guarda todo lo que pueda servirte como prueba:

  • Carta de despido (si existe).
  • Contrato de trabajo y nóminas.
  • Mensajes, correos o comunicaciones con la empresa.
  • Parte de baja o justificantes (si el despido fue durante una baja).
  • Testigos o cualquier elemento que acredite tu versión.

Presenta la papeleta de conciliación (SMAC)

El primer paso obligatorio es presentar una papeleta de conciliación ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC).
Este trámite interrumpe el plazo de 20 días mientras se celebra el acto.

La papeleta debe incluir:

  • Datos del trabajador y de la empresa.
  • Fecha y motivo del despido.
  • Cantidades reclamadas (si las hay).
  • Petición concreta: que se declare el despido improcedente o nulo.

Si la empresa no comparece o no hay acuerdo, se emite un acta sin avenencia, y podrás presentar la demanda judicial.

Descubre qué es el SMAC aquí.

Presenta la demanda ante el Juzgado de lo Social

Si la conciliación no resuelve el conflicto, el siguiente paso es presentar una demanda judicial.
Tu abogado laboralista se encargará de redactarla y presentarla dentro del plazo.

En la demanda se solicita:

  • Que el despido se declare improcedente o nulo.
  • El pago de salarios, finiquito e indemnización correspondientes.
  • En su caso, la readmisión en el puesto de trabajo.

Juicio y sentencia

El Juzgado de lo Social celebrará una vista oral donde ambas partes expondrán sus pruebas.
Tras el juicio, el juez dictará una sentencia clasificando el despido como:

  • Procedente: la empresa demuestra que la causa es válida y el despido fue correcto.
  • Improcedente: la causa no es válida o el procedimiento fue incorrecto.
  • Nulo: el despido vulnera derechos fundamentales o es discriminatorio.

¿Qué ocurre según el tipo de despido declarado?

Despido procedente

El juez considera que la empresa actuó correctamente.

  • El trabajador no tiene derecho a indemnización, solo al finiquito.
  • Puede solicitar el paro si cumple los requisitos.

Despido improcedente

El juez determina que la causa no está justificada o que la empresa incumplió formalidades legales.
La empresa puede elegir entre:

  • Readmitir al trabajador, pagando los salarios de tramitación, o
  • Pagar una indemnización de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.

Despido nulo

Se declara nulo cuando se demuestra que hubo discriminación o vulneración de derechos fundamentales, por ejemplo:

  • Despido de una trabajadora embarazada.
  • Despido durante una baja médica sin causa real.
  • Despido por afiliación sindical o por reclamar derechos.

En este caso:

  • La empresa está obligada a readmitir al trabajador inmediatamente.
  • Debe pagar los salarios dejados de percibir.

Ejemplo práctico: impugnar un despido disciplinario

María recibe un despido disciplinario por “bajo rendimiento”, pero no le han dado advertencias previas ni hay pruebas de negligencia.
Decide impugnarlo.

  1. Presenta papeleta de conciliación en el SMAC.
  2. La empresa no acude.
  3. Su abogado presenta demanda judicial.
  4. El juez considera que no hay pruebas suficientes y declara el despido improcedente.
  5. María recibe indemnización de 33 días por año trabajado o puede optar por ser readmitida.

¿Qué pasa si la empresa no paga tras la sentencia?

Si la empresa no cumple la sentencia (por ejemplo, no paga la indemnización o no readmite al trabajador), puede solicitarse la ejecución judicial.
El juez puede embargar bienes o cuentas de la empresa.

Y si la empresa es insolvente, intervendrá el FOGASA (Fondo de Garantía Salarial), que cubrirá:

  • Hasta 120 días de salario impagado.
  • Indemnizaciones hasta un máximo de 20 días por año trabajado (límite: una anualidad).

Jurisprudencia relevante

El Tribunal Supremo ha consolidado criterios importantes sobre la impugnación de despidos:

  • STS 4/12/2019: la carga de la prueba recae en la empresa, que debe justificar la causa del despido.
  • STS 18/01/2021: el despido de una trabajadora embarazada es nulo, aunque la empresa alegue otra causa.
  • STS 10/05/2022: si el despido es verbal o sin carta, se considera improcedente automáticamente.

Estas sentencias refuerzan el derecho del trabajador a impugnar cualquier despido irregular.

Consejos prácticos para impugnar un despido con éxito

  • Actúa rápido: los 20 días hábiles son un plazo corto.
  • No firmes “conforme” si no estás de acuerdo. Escribe “no conforme” o “recibido”.
  • Conserva toda la documentación laboral.
  • Busca asesoramiento profesional cuanto antes.
  • No temas reclamar: la impugnación no tiene coste elevado y puede recuperar tus derechos.
  • Solicita el paro, aunque el despido esté impugnado. No pierdes el derecho mientras se resuelve.

Preguntas frecuentes sobre impugnar un despido

¿Puedo impugnar si firmé el finiquito?

Sí, siempre que hayas firmado “no conforme” o puedas demostrar que fue firmado bajo presión o sin conocer el contenido.

¿Qué pasa si el despido fue verbal?

El despido verbal es nulo o improcedente. Puedes reclamar igualmente y exigir que se formalice por escrito.

¿Necesito abogado para impugnar un despido?

No es obligatorio en el SMAC, pero sí recomendable y necesario para presentar la demanda judicial.

¿Cuánto tarda el proceso?

Depende del juzgado, pero suele tardar entre 3 y 6 meses desde la presentación de la demanda hasta la sentencia.

Conclusión

Si te despiden y crees que no hay causa o que se han vulnerado tus derechos, impugnar el despido es la vía legal para defenderte.

Tienes 20 días hábiles para actuar, y el procedimiento comienza con una papeleta de conciliación en el SMAC.

Con la ayuda de un abogado laboralista podrás conseguir que el despido se declare improcedente o nulo, logrando tu indemnización o readmisión.

Recuerda: un despido injusto se puede revertir, pero solo si actúas dentro de los plazos legales y con asesoramiento adecuado.

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