Cuando un trabajador pierde su empleo, una de las primeras dudas es si podrá acceder al paro. Sin embargo, no todos los despidos tienen derecho a esta prestación. Por eso es fundamental conocer qué tipos de despido con derecho a paro existen y qué condiciones deben cumplirse para solicitarlo correctamente.
En este artículo te explicamos, de forma clara y sin tecnicismos, qué despidos permiten cobrar el paro, cuáles no, y qué debes hacer justo después de ser despedido.
¿Cuáles son los tipos de despido con derecho a paro?
Según la legislación española, tendrás derecho a paro siempre que el cese sea involuntario.
Es decir, cuando no seas tú quien decide terminar el contrato.
Los tipos de despido con derecho a paro son:
Despido objetivo
Es uno de los más habituales. Se basa en causas justificadas como:
- causas económicas,
- técnicas,
- organizativas,
- productivas,
- ineptitud sobrevenida,
- faltas de adaptación a un nuevo puesto.
➡️ Sí da derecho a paro.
Siempre que hayas cotizado al menos 360 días en los últimos 6 años.
Despido disciplinario
Se produce cuando la empresa acusa al trabajador de una falta grave:
- incumplimientos,
- faltas de asistencia,
- desobediencia,
- ofensas verbales o físicas,
- disminución continuada del rendimiento, etc.
➡️ Sí da derecho a paro, incluso aunque la empresa te acuse de una falta grave.
➡️ Ojo: si consideras injusto el despido disciplinario, puedes impugnarlo y lograr que se declare improcedente.
Despido improcedente
El despido improcedente es cuando el juez determina que el despido no está bien justificado o la empresa no ha cumplido las formalidades legales.
➡️ Sí da derecho a paro.
Además, recibirás una indemnización mayor:
33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.
Despido colectivo (ERE)
Ocurre cuando la empresa realiza una extinción masiva de contratos por causas económicas u organizativas.
➡️ Sí da derecho a paro y suele incluir indemnizaciones especiales o negociadas.
Este tipo de despido es común en empresas grandes o en procesos de reestructuración.
Situaciones que no dan derecho a paro
Es importante distinguir los despidos de los casos que no permiten cobrar el paro:
❌ Baja voluntaria
Si renuncias, no hay paro.
Aunque hayas trabajado muchos años.
❌ Finalización de contrato por voluntad del trabajador
Lo mismo: no da derecho a prestación.
❌ Fin de periodo de prueba a iniciativa del trabajador
Tampoco da acceso al desempleo.
❌ Mutuo acuerdo de extinción
Si la extinción está firmada voluntariamente por las dos partes, tampoco hay paro.
Conclusión simple: si lo decides tú → no hay paro.
Si lo decide la empresa → sí hay paro (salvo excepciones muy concretas).
Requisitos para cobrar el paro en cualquier tipo de despido
Independientemente del tipo, para cobrar la prestación debes:
- Haber cotizado 360 días en los últimos 6 años.
- Estar en situación legal de desempleo.
- Inscribirte como demandante de empleo en 15 días hábiles.
- Presentar la solicitud ante el SEPE.
¿Qué debes hacer justo después de ser despedido?
- Pide tu carta de despido por escrito.
- Revisa la causa del despido para ver si corresponde impugnarlo.
- Consulta con un abogado laboralista, especialmente si dudas de la causa.
- Apúntate al paro (SEPE) en los primeros 15 días hábiles.
- Presenta la documentación necesaria:
- DNI o NIE,
- carta de despido,
- certificado de empresa.
Preguntas frecuentes sobre los tipos de despido con derecho a paro
¿Puedo cobrar el paro si firmo el finiquito?
Sí. Firmar el finiquito no significa renunciar al paro.
¿Puedo cobrar el paro si firmo “no conforme”?
Sí, y además te permite impugnar el despido.
¿Si me despiden sin carta puedo cobrar el paro?
Sí. La empresa debe emitir el certificado de empresa para el SEPE.
¿Puedo trabajar mientras cobro el paro?
En algunos casos sí, dependiendo del tipo de contrato y horas.
Nosotros defendemos tus derechos
Los tipos de despido con derecho a paro son todos aquellos en los que la finalización del contrato es involuntaria: objetivo, disciplinario, improcedente y ERE.
Conocer tus derechos es fundamental para evitar abusos, reclamar indemnizaciones y cobrar lo que te corresponde.
Si te han despedido y no sabes si puedes cobrar el paro, en Abogueo te ayudamos.
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